martes, 29 de diciembre de 2009

FIDELIDAD AL NUMERO DE CELULAR

Saludos amigos , entregandoles una nueva noticia extraida de internet de canalti.com.pe .....algon interesante para todos nosotros


A partir del 1 de enero del 2010 todo aquel que desee conservar su número móvil pero que quiere cambiarse de proveedor, ya sea a Claro, Movistar o Nextel, tiene la gran ventaja de hacerlo sin perder el número con el que ya está tanto tiempo y conocen todos sus contactos.
A finales de la década pasada o al comienzo de ésta, tuve oportunidad de escuchar, en una conferencia internacional sobre telefonía móvil, acerca de la portabilidad numérica. Lo primero que hice al llegar a Perú fue escribir mi columna (no recuerdo si en PCmás de La República o Soluciones de Expreso) acerca de las ventajas de la portabilidad, casi exigiendo que las operadoras locales implementen esta opción para el usuario peruano. Y así seguí hablando sobre el asunto en cuanto lugar era propicio, mientras otros también hacían lo mismo por su lado.
Hoy es una realidad, mejor dicho, a partir del 1 de enero del 2010 todo aquel que desee conservar su número móvil pero que quiere cambiarse de proveedor, ya sea a Claro, Movistar o Nextel, tiene la gran ventaja de hacerlo sin perder el número con el que ya está tanto tiempo y conocen todos sus contactos.
¡Tiene su ventaja la portabilidad numérica, claro que sí! Por ello es que en Canal TI hemos decidido publicar las preguntas y respuestas más frecuentes sobre esta innovadora forma de brindar y recibir servicios móviles en Perú. Todo sea en beneficio del cliente y la competencia por mejorar y brindar mejores servicios de parte de las operadoras.
¿Qué es la portabilidad numérica?
La portabilidad numérica es el derecho a mantener el número de celular aun si el abonado decide cambiarse de operador del servicio móvil. ¿Quiénes pueden acceder a la portabilidad numérica? Pueden acceder todos los abonados suscritos a cualquier plan prepago, post pago o control del servicio móvil.
¿Desde cuándo puedo portar mi número telefónico?
A partir del 01 de enero de 2010.
¿Es en todo el país?
Si, es una medida a nivel nacional.
Voy a cambiar de departamento. ¿Tengo derecho a la portabilidad?
A partir del 04 de setiembre de 2010 podrás ejercer el derecho a la portabilidad de tu número móvil en cualquier departamento. Antes de esa fecha, el derecho a la portabilidad podrá ser ejercido en el departamento en el que contrataste el servicio. Sin embargo, las empresas concesionarias de servicios móviles podrían decidir aceptar tramitar esa solicitud de portabilidad en un departamento diferente en ese caso el número telefónico seguirá perteneciendo al departamento en donde se contrató el servicio.
¿Qué modalidades de servicio móvil abarca la portabilidad numérica?
Abarca el servicio de telefonía móvil, servicio de comunicaciones personales (PCS), y servicio de canales múltiples de selección automática (troncalizado).
¿La portabilidad numérica se puede utilizar también para teléfonos fijos?
No, es exclusivo para el servicio móvil.
¿Puedo portar mi número telefónico fijo para móvil?
No, la portabilidad sólo puede ser realizada entre servicios móviles (móvil a móvil).
¿Cuáles son las empresas que estarán en posibilidades de aplicar la Portabilidad?
América Móvil (Claro), Nextel y Telefónica Móviles (Movistar).
¿En caso decida cambiar de operador móvil, dónde y ante quién presento mi solicitud de portabilidad?
En caso decida cambiar de operador móvil, la solicitud de portabilidad se presenta en las oficinas o centros de atención de la empresa de telefonía móvil con la que deseas contratar o también llamado Concesionario Receptor.
¿Quién puede solicitar la portabilidad del número telefónico?
La portabilidad debe ser solicitada por el abonado del servicio móvil contratado.
¿Cuándo se accede a la portabilidad de un número telefónico, se mantienen todas las demás condiciones contratadas?
No, la portabilidad implica la terminación del contrato con la anterior empresa concesionaria y la suscripción de un nuevo contrato independiente de las condiciones anteriormente contratadas. Se recomienda al abonado que, al momento de seleccionar una empresa operadora móvil y portar su número de celular, evalúe los planes y/o servicios ofrecidos por la nueva empresa.
¿Puedo portar mi número telefónico manteniendo mi plan tarifario actual?
No, porque se trata de una nueva relación contractual cuyo plan tarifario es independiente del anterior, tanto en tarifas como en características.
¿Cuál será el costo para el abonado por ejercer el derecho a la portabilidad de su número telefónico?
El trámite para solicitar la portabilidad es gratuito para el abonado; sin embargo, el abonado deberá asumir el costo por la adquisición del nuevo Sim Card y, en caso lo decida o sea necesario, el costo por la adquisición de un nuevo equipo terminal que sea compatible con la red del concesionario al cual desea cambiarse.
¿Cuánto dura el trámite de portabilidad numérica?
El trámite dura como máximo nueve (9) días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de portabilidad. A partir del 02 de julio de 2010 el plazo máximo será siete (7) días hábiles. Este plazo puede extenderse si la solicitud de portabilidad es presentada en zonas alejadas de acuerdo a las reglas de término de la distancia.
¿Me quedaré sin servicio mientras dure el trámite de la portabilidad numérica?
El abonado que solicita la portabilidad siempre tendrá habilitado el servicio, salvo en el momento en que se produzca el cambio. Este período sin servicio durará como máximo 3 horas, entre las 0:00 hrs y las 6:00 hrs de la fecha programada para la ejecución de la portabilidad numérica.
¿Cuántas veces puedo portar mi número?
No hay límite. El único requisito para portar el número es que, entre cada trámite de portabilidad, transcurra un periodo mínimo de dos (2) meses, plazo que se cuenta a partir de la habilitación del servicio móvil con el nuevo operador.
¿Cómo voy a saber que mi número ya fue portado a la nueva empresa?
La empresa operadora a la que el abonado se ha cambiado tiene la obligación de informarle la fecha y hora a partir de la cual podrá hacer uso de su servicio móvil.
¿Cuál es el trámite a seguir y los requisitos que debo presentar?
Se debe presentar la solicitud de portabilidad por escrito ante el concesionario que se desea contratar (concesionario receptor), junto con la documentación correspondiente, que puede variar por cada tipo de abonado. El formato de solicitud de portabilidad será proporcionado por el concesionario receptor al abonado a efectos de que llene sus datos. A dicho formato el abonado deberá adjuntar copia de su documento legal de identificación. Si el abonado actúa mediante representante se deberá adjuntar copia del documento legal de identificación del representante y poder con firma legalizada ante notario público. Si el abonado es una persona jurídica se deberá adjuntar copia del documento legal de identificación del representante y el certificado de vigencia de poderes donde conste el poder otorgado.
Sólo en el caso de abonados postp ago, al formato de portabilidad se deberá adjuntar además: (i) copia del último recibo entregado por el concesionario que se quiere dejar y (ii) copia de la constancia de pago del recibo anteriormente mencionado. Si a la fecha de la solicitud de portabilidad el abonado tiene deuda vencida garantizada o deuda vencida reclamada, el formato de portabilidad contendrá la declaración jurada respectiva.




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